Como una medida para permitir la corrección de los errores menores en el asentamiento de actas del Registro Civil, sin ocasionar gastos onerosos y con el margen de seguridad necesario para evitar su mal uso, la diputada María Candelas Francisco Doce, presentó ante en el Pleno la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 760 y 760 Bis del Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
De esta manera, la integrante del Grupo Legislativo de Morena plantea modificar los citados artículos para señalar que cuando la rectificación tienda a enmendar únicamente, yerros o defectos mecanográficos, ortográficos, numéricos y otros meramente accidentales del acta asentada, el que tenga derecho a pedir su corrección podrá acudir ante el oficial Encargado o el Juez del Registro Civil que corresponda, quien efectuará las adecuaciones necesarias, previo pago del arancel correspondiente.
Por otra parte, se prevé que en caso de tratarse de cambios de otro tipo o que impliquen una palabra o dato completo, con excepción de cuando se asentó el nombre de la madre con el apellido del cónyuge, el interesado deberá demandar la rectificación en juicio.
A través del artículo segundo transitorio, y de aprobarse, se prevé otorgar a la Secretaría de Gobierno (SEGOB) del Estado, un plazo de 120 días naturales para que, a través de la Dirección General del Registro Civil, se realicen las adecuaciones correspondientes al Reglamento respectivo.
En su intervención en la tribuna, la legisladora María Candelas Francisco subrayó que las complicaciones que padecen los usuarios del Registro Civil son una realidad que conoce de primera mano en la región de las Altas Montañas y que se replica en todo el Estado.
“Sucede cuando desean corregir algún error en sus respectivas actas, que se reduce al asentamiento de un apellido que termina en letra S y debe hacerlo en letra Z o, al registrar a un menor con nombre extranjero y se escribe indebidamente, con una letra de más, de menos, o cambiada”, citó.
Ejemplificó el caso de las madres que en su momento quedaron registradas en las actas de nacimiento de sus hijos con el apellido de su esposo y, cuando -gracias al trabajo de éstos- tienen posibilidad de ser derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social u otra institución, no son reconocidas como tales debido al error que lleva el acta presentada.
Para solucionar lo anterior –señaló- las y los ciudadanos se ven obligados a contratar profesionales, lo cual representa costos imprevistos que perjudican a la gente de escasos recursos.
“En beneficio del pueblo veracruzano, las diputadas y diputados debemos compartir este esfuerzo, otorgando al Registro Civil el sustento legal para la simplificación de sus trámites, permitiendo la corrección en su propio ámbito, de los errores menores en el asentamiento de actas”, concluyó.
Para su estudio y dictamen, la iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.