Para responder este gran misterio, la abogada Melissa AG explicó mediante su cuenta oficial de Twitter que existen tres formas en que los tribunales han clasificado los anillos de compromiso: obsequios absolutos que no se pueden revocar, obsequios condicionales que dependen de que haya boda o como compensación, es decir, que no se puede devolver.
En el primer caso, para que el anillo sea considerado como regalo, se necesita de tres elementos: la intención del donante de dar el artículo como regalo, la entrega del obsequio por parte del donante a la receptora; y la aceptación del regalo por parte de la receptora.
En la mayoría de los casos donde se demuestra estos tres requisitos, la mujer puede quedarse con el anillo, explicó la abogada.
Como regalo condicionado: es aquel que se basa en algún evento o acción futura que va a ocurrir. Si el evento no ocurre, entonces el donante tiene derecho a recuperar el regalo. Algunos estados en Estados Unidos clasifican el anillo de compromiso como un regalo incondicional y otorgan el anillo a la receptora en los compromisos rotos.
En el último caso, el de la compensación, el anillo puede clasificar en este punto siempre y cuando ambas partes entiendan que el objeto se entrega para compensar alguna acción o situación.
Por otro lado, señaló que el artículo 230 del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, establece la falta de celebración del matrimonio futuro como fundamento para dejar sin efectos la donación antenupcial, en donde puede entrar el anillo de compromiso.
Entonces quizá Belinda pueda quedarse con el anillo de compromiso que le dio Cristian Nodal. Todo dependerá del arreglo al que puedan llegar ambas partes.