La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, invalidó la Ley Número 248 de Comunicación Social para el Estado de Veracruz publicada el 17 de mayo de 2019, al considerar que se cometieron diversas violaciones de carácter invalidante.
El ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, explicó que la para la votación de esta ley, los diputados de Veracruz incurrieron en dos violaciones al proceso legislativo, primero que no se cumplió con el plazo de 48 horas entre la recepción del dictamen y su votación, y segundo, que no se votó la dispensa del trámite.
La Ley de Comunicación Social del estado fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), quien denunció la posible restricción de los derechos de libre expresión y de prensa, contenidos en varios de sus artículos.
Sin embargo, la SCJN no entró al fondo de estos temas e invalidó toda la ley por considerar que su aprobación no se sujetó a las normas que regulan el funcionamiento del poder legislativo estatal.
Como parte del fallo, el Pleno de ministros dispuso que el congreso veracruzano emita una nueva ley estatal de comunicación social en su próximo periodo ordinario de sesiones.