Avalan diputados reforma que simplifica trámites del Registro Civil

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El Pleno de la LXV Legislatura del Estado aprobó la iniciativa, presentada el pasado 31 de julio por la diputada María Candelas Francisco Doce, por la cual se modifica el Código Civil de la entidad y que permitirá la corrección de errores menores en el asentamiento de actas del Registro Civil.

 

De esta manera, el artículo 760 refiere que, cuando la rectificación tienda a enmendar yerros o defectos mecanográficos, ortográficos, numéricos y otros meramente accidentales del acta asentada, o a precisar los apellidos que conforme a su registro de nacimiento correspondan a alguno de los cónyuges que hubieren comparecido al reconocimiento de un hijo autodenominándose en los términos del artículo 53 de este Código, el que tenga derecho a pedir su corrección podrá acudir ante el Oficial Encargado del Registro Civil que corresponda.

 

El citado Oficial, de acuerdo con los lineamientos que al respecto expida la Dirección General del Registro Civil y oyendo al Ministerio Público, acordará lo procedente. Si el acuerdo es negativo, el interesado deberá demandar la rectificación en juicio.

 

En el texto de dictamen, aprobado con 43 votos, sin abstenciones o votos en contra, la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales, instancia dictaminadora, estima que debe subsistir el numeral 760 del Código Civil para el Estado por tener una redacción más acorde a la realidad, sobre la cual deberá incorporarse la novedosa propuesta por la Diputada iniciante; sin dejar de observar que en tal caso resulta necesario contar con la opinión de la institución del Ministerio Público.

 

Por lo anterior, se derogó el artículo 760 Bis del citado Código.